El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española actualmente representa a sus colegiados

  • Print

 

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española tiene como objetivo destacado el velar por los intereses profesionales de sus colegiados procurando el progreso en aspectos técnicos, sociales y económicos de los mismos. Ello no es, en modo alguno, obstáculo para que los esfuerzos de la Institución redunden también en beneficio de otros profesionales del sector del transporte. Tanto unos como otros son elementos imprescindibles que conforman el ánimo interdisciplinar con el que, ineludiblemente, hay que buscar la solución a la problemática de nuestro sector.

 
La dispersión inherente a nuestro colectivo y el desconocimiento que con frecuencia se aprecia entre los profesionales y entidades del sector han motivado la difusión de esta información.
 
Con ella se pretende conseguir que los colegiados, los profesionales en general, las instituciones y las empresas conozcan el Colegio, las actividades y funciones de los Departamentos y servicios que presta. Confiamos en que las actividades y servicios aquí descritos contribuyan en beneficio de todos ellos.
 
Esta información supone una oferta útil pero, además de ella, el equipo humano del Colegio brinda al sector el producto de su esfuerzo diario en el más sincero espíritu de colaboración.
 
DIRECCIÓN: C/ SAN ERNESTO, 16
28002 - MADRID 
TELÉFONO: 917451506
FAX: 917451503
E-MAIL: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
WEB: www.comme.org
 
El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española (COMME) es una Corporación de Derecho Público amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, ejerciendo con competencia propia y exclusiva las funciones correspondientes a su carácter de Colegio Profesional, reconocido como tal ante la Administración. 
 
LEY DE CREACIÓN: Ley 42/1977, de 8 de junio (B.O.E. nº 139, de 11 de junio de 1977). 
 
ESTATUTOS: Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio (B.O.E. nº 242, de 8 de octubre de 1980).
 
COLECTIVO PROFESIONAL QUE INTEGRA: Según el art.1 de la Ley 42/1977, el COMME agrupará por especialidades a todos los titulados universitarios de la Carrera de Náutica. 
 
Para el ejercicio profesional es requisito indispensable la incorporación al Colegio existente.
 
 
COMENTARIOS DE AEMC
 
¿Es requisito indispensable para navegar en un barco español estar afiliado al COMME?
 
-No  *
 
¿Representa en este momento el COMME al conjunto de os marinos civiles españoles?
 
- No
 
¿Los Capitanes son Oficiales, o son Capitanes  como establece la OMI y la legislación española?
 
-No
 
 
¿Por qué no se tramita el exigido cambio de denominación corporativa y se actualizan cuestiones tan evidentes?
 
 
¿Cuántos afiliados en activo tiene el COMME actualmente?
 
 ???
 
¿Qué subvenciones recibe actualmente el COMME de la Administración publica vía DGMM?
 
 
 
* No es obligatorio estar colegiado 
 
Aunque la Ley de creación del COMME de 1977 originalmente mencionaba la incorporación como un requisito, la legislación posterior en España (derivada de directivas europeas como la Ley Ómnibus) liberalizó el ejercicio profesional. En la práctica actual, los únicos requisitos legales y obligatorios exigidos por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) para embarcar y ejercer son de carácter puramente técnico, administrativo y de salud.
 
Memoria anual
 
El  Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española (COMME) tiene la obligación legal estricta de publicar su memoria anual.
 
A diferencia de las empresas privadas y corporaciones mercantiles —cuyo deber se limita al depósito de cuentas en el Registro Mercantil—, los colegios profesionales son corporaciones de derecho público. Como tales, están sometidos a normativas de transparencia y libre acceso a las actividades de servicios en España.